El derecho a la Sanidad Pública está recogido en la Constitución Española (artículo 43), siendo la Ley General de Sanidad y la Ley Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Clínica las normativas que regulan los principales derechos de los usuarios de la Sanidad Pública en España.
Derecho a recibir atención sanitaria
Cuando caemos enfermos y por tanto, nos falta la salud, nuestro principal derecho es el de recibir atención sanitaria en condiciones de igualdad. Y sin que podamos ser objeto de discriminación por razón alguna, con respeto a nuestra personalidad, dignidad humana e intimidad.
Otros derechos de los usuarios de servicios sanitarios públicos
Te resumimos y presentamos organizadamente los derechos de los usuarios de los servicios sanitarios, publicado por el Servicio Andaluz de Salud.
Asistencia sanitaria
La asistencia sanitaria incluye los derechos:
- A que nos ofrezcan la atención, prestaciones y servicios sanitarios disponibles que se consideren necesarios para cuidar nuestra salud.
- A disponer de una segunda opinión médicasobre mi proceso, en los términos en que esté establecido.
- A conocer el nombre y la función de los profesionalesque me atiendan.
- A recibir atención sanitaria en un tiempo adecuado según el proceso, así como a que se me ofrezca información sobre los plazos de respuesta en consultas, pruebas diagnóstica e intervenciones quirúrgicas para los diversos procesos.
Información y nuevas tecnologías
Esto incluye los derechos a:
- A que se me ofrezca información sobre los programas de prevención y promoción de salud que se realicen en mi centro de atención primaria y sobre aspectos de salud colectiva de especial interés, incidencia o riesgo (por ejemplo, la Gripe A).
- A recibir información de los servicios y prestaciones sanitarias a las que puedo acceder y de los requisitos necesarios para su uso.
- A recibir información en un lenguaje comprensible sobre mi proceso, incluyendo diagnóstico, tratamiento, pronóstico, tiempo previsible de estancia en caso de ingreso y alternativas de tratamiento.
- A disponer de la «Carta de Derechos y Deberes en todos los centros sanitarios«.
- A utilizar las tecnologías de la información y la comunicación (Internet), conforme al desarrollo de las mismas en los servicios sanitarios, con criterios de accesibilidad, seguridad y continuidad.
Libre elección de médico y centros sanitarios
Esto incluye los derechos:
- A que se me asigne un médico y un centro de atención primaria para atenderme, si bien podré optar por elegir otro profesional y centro.
- A elegir médico de familia y pediatra entre los existentes en mi municipio, y también entre el resto de los médicos/as del Distrito Sanitario al que corresponda mi domicilio.
- A elegir médico especialista para consultas, cuando a juicio de mi médico de familia o pediatra precise ser atendido por uno de ellos, así como a recibir atención por el mismo especialista durante mi proceso.
- A elegir Hospital dentro del Sistema Sanitario Público (de Andalucía), si me encuentra pendiente de una intervención quirúrgica.
Atención en centros sanitarios
Esto incluye los derechos:
- A que se me reciba de forma personalizadaa mi llegada a un centro sanitario (especialmente en los hospitales). Y a que se me informe de todas las cuestiones que puedan hacer más confortable mi estancia.
- Arecibir información clara y comprensibleante tratamientos, procedimientos quirúrgicos y pruebas diagnósticas que entrañen riesgos, antes de la obtención de mi consentimientopor escrito.
- A conocer, y autorizar previamente y por escrito si los procedimientos que se me realicen serán utilizados en un proyecto docente o deinvestigaciónque en ningún caso podrá comportar peligro adicional para mi salud.
- A elegir entre las opciones que me presente mi médico. Y a negarme a cualquier intervención sanitaria, salvo en los supuestos legales establecidos (riesgo para la salud pública, incapacidad y exigencia de actuación urgente ante riesgo de lesión irreversible o peligro de fallecimiento).
- Aser intervenido quirúrgicamente dentro del plazo establecido en la normativavigente para cada uno de los procedimientos en el Sistema Sanitario Público.
- Aestar acompañado por un familiaro allegado en todo momento del proceso de atención sanitaria, siempre que las circunstancias clínicas lo permitan.
- Arecibir un informe de alta médica al finalizar mi estanciaen una institución hospitalaria, al dar por finalizada la consulta en atención especializada, y al alta en urgencias.
Enfermos terminales
Derechos:
- A que se realicen todas las acciones oportunas que, junto a la atención a mi proceso, tengan como fin reducir y paliar el sufrimiento y el dolor tanto en aquellas situaciones críticas como ante el proceso de la muerte, de acuerdo con el máximo respeto a la autonomía, la integridad y la dignidad humana.
- A que se tengan en cuenta lasvoluntades anticipadas, manifestadas mediante el procedimiento establecido.
Confidencialidad y acceso a mi historial médico
Derechos:
- Aque se mantenga la confidencialidad de toda la información relacionada con mi atenciónen cualquier centro sanitario; así como acceder a los datos personales obtenidos durante la misma y a mi historia clínica.
- Aque quede constancia escritao en soporte técnico adecuadode mi proceso, guardando la información en mi historia clínica.
Reclamación y participación
Derechos:
- A presentar reclamaciones y sugerencias y arecibir respuesta en los plazos establecidos.
- Aparticiparen el sistema sanitario público a través de los Consejos de Salud de Área y mediante la representación correspondiente de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios y a expresar mi opinión.