Plataforma de Trabajadores, Familiares y Usuarios

Residencias y centros de discapacitados

Público

En esta sección encontrarás información sobres los derechos y las obligaciones de los organos gestores de entidades públicas, asi como de los derechos que asisten a los discapacitados.

Privado

En esta sección encontrarás información sobres los derechos y las obligaciones de los organos gestores de entidades privadas, asi como de los derechos que asisten a los discapacitados.

Los centros ocupacionales, centros de día y residencias para personas con discapacidad forman parte del catálogo de servicios y prestaciones que se derivan de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia.


Para acceder a una plaza pública en uno de estos centros es necesario:

1) Tener reconocida la situación de dependencia:

  • En cualquier grado para los centros ocupacionales y centros de día.
  • Con un mínimo de grado 2 en el caso de las residencias.


2) Que el Programa Individual de Atención (PIA) determine que la modalidad de intervención más adecuadaes un servicio de atención diurna (centro de día o centro ocupacional) o un servicio de atención residencial.


Cumplido este requisito, las solicitudes se gestionan a través de una lista de acceso único para cada uno de los servicios.